10.5294/dika.2022.31.2.15

Respuesta a artículo


Entre la democracia y el liberalismo: una revisión a la propuesta de Joel I. Colón-Ríos *





Nataly Macana Gutiérrez1

1 https://orcid.org/0000-0002-4304-7736. Universidad de Los Andes, Colombia. n.macana@uniandes.edu.co

Para citar este artículo / To reference this article / Para citar este artigo: Nataly Macana Gutiérrez, "Entre la democracia y el liberalismo: una revisión a la propuesta de Joel I. Colón-Ríos", en Díkaion 31, 2 (2022), e31215. DOI: https://doi.org/10.5294/dika.2022.31.2.15



Sumario: Introducción. i. El liberalismo, la democracia y su relación con los excluidos. 2. ¿Ciudadanos políticamente responsables desde la marginalidad? Bibliografía.


Introducción

Joel I. Colón-Ríos (CR), profesor de la Universidad de Victoria en Wellington, presenta en su texto "El estado del derecho constitucional comparado: ¿para qué son las Constituciones?" una serie de críticas a la teoría del derecho constitucional comparado en su versión liberal por considerar que su concepción alrededor del propósito de las constituciones limita el autogobierno. CR sostiene que la teoría constitucional liberal puede ser normativista. Lo es explícitamente "cuando detecta una desviación de las formas constitucionales esperadas" (p. 8), y lo es implícitamente cuando no logra ver arreglos normativos que no se adapten a ella. Esto genera que la teoría constitucional liberal (TCL) resalte de forma continua la búsqueda del reconocimiento de los derechos civiles, la participación ciudadana y el desarrollo de los Estados sociales de derecho propios de su proyecto, y proponga desde sus postulados justificaciones alternativas a los arreglos constitucionales existentes. Pese a esto, la crítica de CR se dirige a que el modelo de teoría constitucional liberal centra el propósito de las constituciones a la limitación del poder político, ignorando de esta forma los mecanismos de participación democrática que resultan compatibles con el autogobierno.

Para desarrollar esta crítica, CR se concentra en cuatro problemas que ha identificado y que se derivan de la dominación de la tradición liberal dentro de la teoría constitucional comparada. En primer lugar, el problema de los puntos ciegos, en donde muestra cómo la TCL no ve problema en dejar por fuera de su análisis referencias en las cuales los ciudadanos jueguen roles directos en la limitación del poder. El segundo problema es denominado la "minimización de la democracia" y consiste en que, dentro de los estudios de teoría constitucional comparada, en especial la TCL, el estándar con relación a los procesos democráticos es mínimo, lo que dificulta la materialización del autogobierno. La tercera crítica es denominada la "esterilización del conflicto" y se sustenta en cómo los estudios dentro de esta teoría dejan de lado las complejidades culturales, sociales y políticas en los casos específicos con el objeto de alcanzar propósitos explicativos. La última crítica está relacionada con la "no materialidad", esta es explicada como una indiferencia a las injusticias que se pueden generar desde las estructuras sociales y económicas que operan bajo una constitución tradicional.

Estas críticas resultan pertinentes y actuales, por lo que es fácil estar de acuerdo con los argumentos presentados dentro del texto si se asume -como lo hace CR- que el liberalismo es solo una postura política que intenta limitar el poder, en donde las constituciones se constituyen en la tecnología que permite ese propósito. CR reduce la TCL a una "tradición que insiste en ver la democracia desde una perspectiva instrumental. En este sentido, la democracia es una forma de gobierno que, cuando opera adecuadamente contribuye al objetivo superior de limitar el poder político" (p. 13). Esta definición desvía la versión del liberalismo de que el control de poderes es instrumental a la democracia porque permite, por ejemplo, la protección de derechos necesarios para la vida en sociedad de grupos históricamente discriminados como la población LGTBIQ+ y las mujeres. CR la invierte en el entendido de que la democracia es instrumental al control del poder. Al hacerlo desconoce las diferentes líneas dentro del liberalismo, lo que permitiría discutir el problema denominado "minimización de la democracia".

Ahora, el texto presentado por CR es instigador con relación a los problemas que hacen parte de la aplicación de la TCL, siendo la "no materialidad" una de las más actuales e interesantes. CR entiende que la TCL no se pregunta por "qué es" la democracia, sino que gira alrededor del cuestionamiento relativo a "para qué es". Esto conduce a que CR muestre cómo la TCL no problematiza más allá del tema de las instituciones destinadas a la limitación del poder político, razón por la cual su visión termina siendo compatible con la existencia de situaciones de marginalización, pese a que estas impiden que el ciudadano pueda concentrarse y prestar atención a las cuestiones políticas. Esta situación puede evidenciarse en Estados que no fueron objeto de análisis por parte de CR, como es el caso colombiano. En este sentido, más que una crítica al planteamiento esbozado en el texto de CR, lo que se propone es una lectura que permita ver el alcance de esta crítica y, de esta forma, incentivar el estudio de esta problemática en nuestro contexto.


1. El liberalismo, la democracia y su relación con los excluidos

Las críticas de CR al derecho constitucional comparado son potentes en la medida en que se asuma -como lo hace el autor- que el liberalismo es solo una postura política que "cuando opera adecuadamente [...] contribuye al objetivo superior de limitar el poder político" (p. 13), en donde las constituciones se convierten en tecnologías que permiten la materialización de este propósito. Esta visión resulta porosa y simple, pues desconoce la existencia de variables y ramificaciones dentro de la tradición liberal, la cual dialoga y se nutre de otras corrientes, como es el caso del liberalismo ético y el realista, que se abordarán más adelante. El liberalismo como corriente teórica se sustenta en la idea de la libertad del individuo, los derechos del hombre, la democracia constitucional, el control del poder mediante la división de poderes y la garantía a la propiedad privada,1 lo que explica el alcance de esta tradición filosófico-política en el mundo occidental moderno.

Si bien es cierto el propósito de CR en el texto bajo análisis no está centrado en presentar una crítica a la teoría constitucional liberal o a sus corrientes, de manera implícita el artículo gira en torno a una visión particular del liberalismo, la cual hemos mencionado previamente. Sin embargo, si se amplía el concepto de liberalismo es posible que la potencia de las críticas de CR se reduzca.

El liberalismo como corriente política es un espectro tan amplio que entrar a discutir los diferentes postulados que lo integran desborda los propósitos del presente texto. Sin embargo, sí es posible señalar que las visiones reduccionistas alrededor del liberalismo pierden de vista la interrelación de estos postulados con otras tradiciones, las cuales han alimentado la forma como se entienden las instituciones de los Estados modernos. Corrientes teóricas, como la socialista y la socialcristiana, han aportado contenido a conceptos como la igualdad, la libertad, la justicia, entre otros.2 CR pasa por alto la existencia de estas diferentes versiones liberales, lo que lo conduce a generalizar la posición de la TCL frente a la democracia.

Por ejemplo, Bellamy ha señalado dos grandes corrientes del liberalismo: el ético y el realista. El primero comprende a la sociedad desde el consenso y al Estado desde el consentimiento. De esta forma, el liberalismo ético -el cual puede manifestarse como colectivista, comunitarista, social o socialista- entiende que la sociedad logra mantenerse a partir de los valores comunes, buscando así una "vida buena" para sus integrantes.3 La base de esta corriente es la libertad positiva, es decir, una "libertad para", por ejemplo, el autogobierno. Esta versión del liberalismo requiere de la apropiación del control como componente fundamental de la democracia, lo cual motiva la participación en las decisiones colectivas.4 Por su parte, el liberalismo realista -que puede ser contractualista, económico, individualista o neutralista- ve al grupo social desde la conflictividad y al Estado desde la fuerza. De esta forma, el propósito es que el Estado logre contener el despliegue de conductas que impidan la convivencia pacífica, por lo que se asocia con una concepción de la libertad, la cual gira en torno a la pregunta por "libertad de".5 Esta división no es lineal, sino que puede diluirse dependiendo del momento histórico.6

Como puede observarse hasta aquí, adoptar una visión del liberalismo como una fórmula que únicamente busca contener el poder es reduccionista y limita el proceso de hibridación liberal con, entre otras cosas, ideales democráticos. En contraposición, no todos los liberalismos observan la democracia como un instrumento para el control de poderes, sino que entienden que la misma contempla tanto el derecho a disentir como la posibilidad de participar de las decisiones del Estado, incluso si se es parte de una minoría.

Esto es algo que CR parece no tener en cuenta cuando analiza el texto de Landau y Dixon,7 uno de los que más cita. En este trabajo, los autores buscan mostrar cómo la "revisión judicial abusiva" por parte de los tribunales constitucionales puede colaborar en los procesos de erosión democrática debido a la relación entre estos y "las tradiciones constitucionales democráticas y el Estado de derecho". Dado su objeto de estudio, las referencias al liberalismo son escasas y se advierte desde el primer momento que se están adoptando criterios minimalistas con el propósito de mostrar cómo los tribunales pueden ser "capturados" por proyectos antidemocráticos, así como la necesidad de tener presente el contexto específico de cada uno de los casos. El texto que CR trae a colación analiza escenarios particulares en los cuales cierto de tipo de regímenes buscan alterar los diseños institucionales y constitucionales para imponer su proyecto político. Los casos específicos de análisis tienen que ver con i) la reelección presidencial en varios estados latinoamericanos -incluyendo Colombia-, y ii) la doctrina constitucional de la omisión legislativa. El propósito es mostrar las debilidades que los sistemas liberales y democráticos podrían presentar ante escenarios de corte autoritario.

Esta posición de los autores no desconoce el papel fundamental que estos tribunales han cumplido con relación a la interpretación de la carta de derechos -reconocida por los textos constitucionales- y el progreso al que han empujado a las sociedades aun cuando la voluntad popular ha tenido dificultades para alcanzarlos. La existencia de movimientos sociales capaces de emplear mecanismos liberales con el propósito de alcanzar la inclusión de todos los individuos del conglomerado social para transformar la sociedad, haciendo uso, por ejemplo, del litigio estratégico o de la iniciativa legislativa, muestra una versión del liberalismo que sobrepasa la visión de la limitación del poder.

De esta forma, grupos históricamente excluidos como la población LGTBIQ+ y las mujeres han logrado avances en el reconocimiento y la materialidad de sus derechos. Por ejemplo, en el caso de los primeros se ha aprobado la posibilidad del matrimonio y la unión civil en 30 países alrededor del mundo. La toma de estas decisiones no ha sido exclusivamente a través de los tribunales, sino que en muchos casos los avances se han dado desde los órganos legislativos.

Sin embargo, la movilización de los mecanismos de participación democrática también ha impedido el reconocimiento de algunos derechos. Por ejemplo, en Eslovenia fue rechazado el matrimonio entre parejas del mismo sexo a través de un referendo. En el caso de Rumania, a pesar de que el matrimonio entre la población LGTBIQ+ no está permitido, no se logró consagrar la prohibición constitucional debido a que el referendo no alcanzó la votación necesaria. En el caso latinoamericano, las uniones civiles de esta población se han aprobado a través de trámites legislativos y de las Cortes. Con relación a la aprobación vía legislativa tenemos el caso chileno -Ley 21.400 del 09 de diciembre del 2021-. Un ejemplo de la movilización a través de la vía judicial puede ser el caso colombiano, en donde la Corte Constitucional reconoció la unión civil de estas parejas a través de la Sentencia C-577 de 2011.

En el caso de las mujeres se ha logrado la despenalización del aborto en 42 Estados -cuando se trata de salvar la vida de las mujeres-, 51 países -cuando se trata de preservar la salud-, 13 Estados -por razones socioeconómicas- y 73 que lo hacen a pedido de la mujer con variaciones en los límites gestacionales.8 En algunos de estos Estados se ha logrado esta toma de medidas a través de acciones interpuestas por colectivos ciudadanos ante los tribunales, en otros a través de iniciativas legislativas que terminan siendo aprobadas dentro de los órganos de representación.

Estos dos ejemplos muestran que sí existe una materialización frente a los postulados de la TCL en donde se han tenido en cuenta las estructuras sociales y económicas en las que se han encontrado estos grupos marginalizados. Ahora, algo que puede observarse es que estas transformaciones suelen ser tenidas en cuenta por los movimientos sociales en otras latitudes como un parámetro en la búsqueda del reconocimiento de sus luchas. Es decir, en el caso del aborto, la recién reversada decisión Roe vs. Wade fungió como un estandarte en el avance del reconocimiento de los derechos reproductivos en los países latinoamericanos. Esto no resta valor a las demás críticas de CR en tanto estos avances pueden seguir coexistiendo con las inequidades económicas de los sistemas neoliberales.


2. ¿Ciudadanos políticamente responsables desde la marginalidad?

En su texto, CR plantea una crítica perspicaz y demoledora al liberalismo. La misma tiene que ver con la forma como entienden y emplean la democracia. CR muestra que la TCL ve la democracia de forma instrumental, limitándola a los procesos electorales, razón por la cual la pregunta que se plantean gira en torno a "para qué es" la democracia. Esta perspectiva ha conducido a que el análisis alrededor de la democracia se centre en las instituciones destinadas a la limitación del poder, lo que lleva a que la calidad de la democracia no se discuta, y permite que coexistan los ejercicios democráticos con situaciones de desigualdad y marginalización social. Señala CR que Estados con altos grados de desigualdad y marginalización podrían superar el test del núcleo democrático desde la TCL. Dada la potencia de la crítica, y teniendo presente que el autor no especifica cómo selecciónó los casos objeto de análisis, en esta sección, más que una crítica, se propone una lectura desde los postulados presentados por CR a la situación colombiana en lo relativo al problema denominado "minimización democrática" (p. 13).

En primer lugar, es necesario entender la visión de democracia de CR. Esta es una temática que no se aborda en el texto bajo análisis, por lo que es necesario recurrir a otros trabajos del autor. En su texto "La constitución de la democracia" señala el profesor que para que una sociedad se entienda como democrática es necesario que sea abierta. De esta forma, el principio de la apertura democrática permite la disidencia y el conflicto, por lo que de forma constante es posible preguntarse si la ley es "justa". Esta cuestión debe ser objeto de discusión por ciudadanos políticamente iguales, lo que permitiría que estos sean participantes activos en el diseño de las leyes e instituciones que los regirán. Esta concepción de la democracia busca la participación de los ciudadanos incluyendo a aquellos denominados "ordinarios", y sacando los ejercicios legislativos de los parlamentos.9 Al comprender de esta forma la democracia la pregunta por la legitimación del texto constitucional transcurre alrededor de los diferentes mecanismos de participación, sin limitarlos a los procesos electorales.10

Así, se alude al autogobierno que solo puede proceder de una comunidad de ciudadanos, para lo cual debería garantizarse su participación directa a pesar de las complejidades propias de sociedades numerosas como las actuales. Para poder materializar este modelo de democracia es necesaria la deliberación.11 Este es uno de los puntos más interesantes en la propuesta de CR: ¿cómo pueden personas marginalizadas participar en los procesos de deliberación democrática? ¿Garantiza el Estado que todos sus ciudadanos cuenten con la calidad de vida necesaria para pensar y preocuparse por los asuntos de interés público? ¿Por qué aceptamos dentro de la TCL la idea de que no contar con la satisfacción de las necesidades básicas no contradice la participación en ejercicios democráticos?

Estas preguntas derivadas del trabajo de CR cobran mayor importancia cuando se revisan al detalle las situaciones particulares de Estados latinoamericanos como el colombiano. Este se ha caracterizado por sus altos niveles de desigualdad, como se evidencia en el coeficiente Gini12 el cual se ubicaba en 2021 en 0,523, lo que pone a Colombia en el segundo puesto en inequidad en América Latina, y el séptimo en el mundo.13 Según el DANE, el 39,3% de la población se encontraba en situación de pobreza monetaria para 2021, el 12,2% a nivel nacional está en pobreza monetaria extrema.14 Lo más preocupante de estos índices es que la tasa de desigualdad persiste entre generaciones debido a que los niveles de ingreso se mantienen entre padres e hijos, lo que ha ubicado a Colombia en el primer lugar dentro de las estadísticas del Banco Mundial.15

A lo anterior se suma que, según el censo de 2018, el 5,1% de personas mayores de 15 años en Colombia no sabían ni leer ni escribir, siendo el departamento de La Guajira el que cuenta con más personas analfabetas (14,16%).16 Estas situaciones de pobreza extrema y analfabetismo los pone en desventaja con relación a las discusiones del campo político. Pese a que CR es claro en que la democracia no significa exclusivamente participación en procesos electorales, un indicador del nivel de participación en discusiones políticas puede ser el abstencionismo. Según las cifras reportadas por la Registraduría Nacional, el promedio de abstención en elecciones presidenciales entre 2010 y 2022 (teniendo presente que es un sistema de ballotage) es del 49,94%. La Misión de Observación Electoral (MOE) ha señalado que uno de los factores en este índice de abstención está relacionado con las altas distancias entre los lugares de residencia y los puestos de votación en algunos lugares del país.17 Hay que señalar que las cifras de abstención han venido a la baja, ubicándose durante la segunda vuelta presidencial de 2022 en un 41,91%.

La participación ciudadana en los asuntos políticos en Colombia ha empezado a variar, no solo por la reducción en la cifra de abstención electoral, sino por la activación de otros mecanismos de participación como la movilización social. Debido a los altos niveles de desigualdad, el poco acceso a servicios y bienes, y la falta de desarrollo de políticas sociales, entre el 28 de abril y el 03 de junio de 2021 se registraron "12.288 actividades o actos de protestas de las cuales 6.218 son concentraciones, 2.281 marchas, 3.144 bloqueos, 629 movilizaciones y 25 asambleas en 32 departamentos, en 862 municipios y en la ciudad de Bogotá".18 Este panorama permite tener esperanza con relación a la forma como se va a ejercer la democracia en Colombia, sin que podamos perder de vista que, como lo señala CR, los modelos de TCL siguen prefiriendo mantener en los márgenes a la población que no ha obtenido las credenciales dentro del modelo liberal.



Notas

1 José Alejandro Arceo Contreras, "¿De qué estamos hablando cuando hablamos de Liberalismo?", Estudios Políticos 29 (2013): 129-47.

2 Idem.

3 Norberto Bobbio, La teoría de las formas de gobierno en la historia del pensamiento político, México, Fondo de Cultura Económica, 1987.

4 Arceo Contreras, "¿De qué estamos hablando cuando hablamos de Liberalismo?", op. cit.

5 Bobbio, La teoría de las formas de gobierno en la historia del pensamiento político, op. cit.

6 Richard Bellamy, Liberalism and modern society: An historic argument, Cambridge, Polity Press, 1992.

7 David Landau y Rosalind Dixon, "Abusive judicial review: Courts against democracy", UC Davis Law Review 53 (3) (s. f.): 131-1388.

8 Center for Reproductive Rights, "The World's Abortion Laws", Reproductive Rights, 2022. https://reproductiverights.org/maps/worlds-abortion-laws/.

9 Joel I. Colón-Ríos, La constitución de la democracia, Serie de teoría jurídica y filosofía del derecho 65, Bogotá, Universidad Externado de Colombia, 2013.

10 Idem.

11 Idem.

12 El coeficiente Gini es una medida económica que permite el cálculo de la desigualdad entre los ingresos de los ciudadanos en un país. El mismo se calcula entre 0 (máxima igualdad) y 1 (mayor desigualdad).

13 Maritza Serrano, "Pese al crecimiento económico, Colombia sigue siendo uno de los países más inequitativos del mundo", Periódico UNAL, 23 de enero de 2018, https://unperiodico.unal.edu.co/pages/detail/pese-al-crecimiento-economico-colombia-sigue-siendo-uno-de-los-paises-mas-inequitativos-del-mundo/.

14 DANE, "Comunicado de prensa Pobreza monetaria Año 2021", Bogotá, D.C., Colombia, 26 de abril de 2021. https://www.dane.gov.co/files/investigaciones/condiciones_vida/pobreza/2021/Comunicado-pobreza-monetaria_2021.pdf.

15 Portafolio, "Colombia, el segundo país más desigual en América Latina", Portafolio, 27 de octubre de 2021. https://www.portafolio.co/economia/gobierno/colombia-es-el-segundo-pais-mas-desigual-de-america-latina-segun-el-banco-mundial-557830.

16 DANE, Resultados censo nacional de población y vivienda 2018. https://www.dane.gov.co/index.php/estadisticas-por-tema/demografia-y-poblacion/censo-nacional-de-poblacion-y-vivenda-2018.

17 Alejandra Barrios Cabrera y Misión de Observación Electoral (eds.), Mapas y factores de riesgo electoral: elecciones nacionales Colombia 2018, Bogotá, MOE, 2018.

18 Defensoría del Pueblo, Informe defensorial visita CIDH Colombia protesta social abril-junio 2021, Bogotá, Defensoría del Pueblo, 2021. https://www.defensoria.gov.co/public/minisite/protestasocial/assets/informe-visita-cidh.pdf.



Bibliografía

Arceo Contreras, José Alejandro, "¿De qué estamos hablando cuando hablamos de Liberalismo?", Estudios Políticos 29 (2013): 129-47. DOI: https://doi.org/10.1016/S0185-1616(13)72652-0

Barrios Cabrera, Alejandra y Misión de Observación Electoral (eds.), Mapas y factores de riesgo electoral: elecciones nacionales Colombia 2018, Bogotá, MOE,2018.

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