Laicismo y liberalismo como paradigmas de interpretación de los derechos humanos. Reflexiones sobre la configuración de la libertad religiosa a la luz del debate francés sobre el velo islámico
Palabras clave:
Hijab, escuelas, Francia, Estado, Constitución, Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano, Corte Europea de Derechos Humanos, Convenio Europeo de Derechos Humanos, laicismo, neutralidad, libertad de expresión, religión, libertad religiosa, libertResumen
DOI: 10.5294/dika.2011.20.2.2
El uso del velo islámico por las niñas en Francia ha suscitado un importantedebate sobre el laicismo, el multiculturalismo y la libertad religiosa.Dicho debate ha llegado a la Corte Europea de Derechos Humanos, que hadictado varias sentencias relativas al mismo. La exigencia de neutralidad,principio fundamental del laicismo, permite que el Estado laico, en pos deproteger la libertad de conciencia de los no religiosos, relegue el ejerciciode la libertad religiosa al ámbito interno y que, al tiempo que exige neutralidad,pretenda imponer en el ámbito público una suerte de religión civil,negando el derecho a la libertad de expresión en materia religiosa. Estosdos elementos no solo están en los fundadores y en los representantesactuales del laicismo, sino que también pueden verse actualmente en autoresque, sin decirse laicistas, proponen relegar la propia convicción a loprivado y tener a nivel social una suerte de religión civil. El error fundamentalsubyacente radica en la concepción de libertad que han heredadodel liberalismo ilustrado, error que responde en última instancia a unalimitada concepción del hombre. Las pretensiones de estas posturas sonirrealizables, pues la religión no puede relegarse solo al interior del hombre,y si los Estados se afianzan en estas posturas no habrá límites en elavasallamiento de las libertades individuales. Por tanto, en lugar de ver ala religión como un elemento tóxico en la esfera social, la relación entre elEstado y la religión debe estar marcada por un laicismo positivo, de legítimaautonomía entre ambos, a la vez que de reconocimiento del valor positivode la religión para la vida individual y social, al punto de estar consagradacomo un derecho humano. DOI: 10.5294/dika.2011.20.2.2
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