Entre derechos implícitos y derechos naturales: la Corte IDH y la no discriminación por orientación sexual en el caso Atala
Palabras clave:
Discriminación, orientación sexual, caso Atala Riffo, derechos implícitos, derechos naturales subsiguientes, iusnaturalismo.Resumen
En este trabajo haremos un breve paralelo entre, por un lado, los argumentos que utiliza la Corte Interamericana de Derechos Humanos para establecer un supuesto derecho implícito a la no discriminación por orientación sexual en el caso Atala y, por otro lado, los argumentos que puede utilizar el iusnaturalismo para postular derechos naturales “subsiguientes” como derechos humanos no positivados autoritativamente a partir de la naturaleza humana. En este sentido, no nos ocuparemos aquí ni de reseñar, ni de refutar sistemáticamente los presupuestos, los argumentos o las conclusiones generales de la sentencia que se usará de ejemplo. Antes bien, el paralelo ofrecido nos permitirá evidenciar algunas de las ventajas teóricas de una aproximación iusnaturalista que, sin dejar de considerar la fuerza de la dimensión positiva del derecho, reconozca en la naturaleza humana el criterio normativo material primordial del establecimiento de los derechos humanos.
doi: 10.5294/dika.2016.25.1.3
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